Descripción
- Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el R.D. 1627.
- Presencia de obra durante la realización de trabajos de obra civil e instalaciones.
- Elaboración de informes previos al comienzo de la actividad.
- Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo.
- Elaboración de informes sobre las actividades realizadas.
- Deberá tratar con los trabajadores de las contratas que realicen las instalaciones y las actividades de obra civil.
- Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.
- Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.
-Y las demás, propias del Coordinador de Seguridad y Salud.
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Tipo de contrato
Sin especificar
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Salario